Política
Veto a la ley de movilidad: "Los jubilados están metidos en medio de una pelea"
El abogado previsionalista, Fernando Viera se refirió al tire y afloje entre el poder Ejecutivo y el Legislativo sobre el futuro de la seguridad social.
Luego de que el Senado haya sancionado la ley por la nueva movilidad jubilatoria, el presidente Javier Milei vetó totalmente el proyecto. El decreto, que firmó el viernes por la noche, se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial y así la decisión se hizo efectiva. En simultáneo, el Ejecutivo oficializó un nuevo bono de 70 mil pesos para los jubilados en el marco del sistema de actualizaciones vigente. Lo que aún no se definió pero está bajo estudio es un incremento extra que podría rondar el 8%.
El decreto 782/2024 alega que la iniciativa aprobada por el Congreso es “manifiestamente violatoria del marco jurídico vigente en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”. Este fue el principal argumento que sostiene el Ejecutivo desde la sanción de la ley. También plantearon que el proyecto “padece graves deficiencias técnicas y operativas que ponen de relieve su manifiesta irrazonabilidad y las serias dificultades que presentaría su implementación”.
En este sentido, AM 1050 dialogó con el abogado previsionalista, Fernando Viera, quien se refirió al conflicto entre el poder Ejecutivo y el Legislativo sobre el futuro de la seguridad social del país.
“Esta Ley tiene varios puntos en cuestión, el primero de todos ratifica el aumento por inflación que dispuso Milei con el decreto 274 en abril, , eso quiere decir que van a seguir aumentando por inflación. Por otra parte, se establece que una vez al año hay que comparar si los sueldos le ganaron a la inflación y si eso da resultado positivo, el 50% de ese valor va a ser lo que van a aumentar una vez al año las jubilaciones de manera adicional. Esa pauta en particular lo que permite es darle una vida útil a la movilidad porque si le va bien a la Argentina y se controla la inflación, los jubilados no tendrían ningún tipo de aumento y no recomponen lo perdido años atrás, entonces esta ley lo que dice es que te mantiene el poder adquisitivo a lo largo del tiempo y en los años en los cuales a la Argentina le vaya bien, el país reconozca una diferencia para que los jubilados recompongan el haber”, manifestó Viera.
Por otra parte, el abogado detalló cual sería la jubilación mínima si se aprobará la ley e indicó: “Otro de los puntos en discusión es que se establecía una nueva jubilación mínima para las personas que tuvieran un sólo beneficio, en donde te calculaban 1.09 veces la canasta básica total de un adulto, ese valor a julio daba una jubilación mínima de 317 mil pesos. Además, se modificaba los índices de actualización de remuneraciones para los cálculos de la jubilación”.
A su vez, Viera explicó cómo sería el financiamiento del aumento y señaló la postura del Gobierno Nacional. "En el artículo 10 había una cláusula que era bastante costosa también para el Gobierno y que era pagar la deuda que tiene con la Caja de Jubilaciones no transferidas y pagar los juicios previsionales con sentencia firme, hacerlo en el plazo de seis meses, pero hacerlo con los impuestos que tiene la asignación específica, uno de estos impuestos con asignaciones específicas para la Seguridad Social es el impuesto país, entonces si promulgará esta ley ya le costaría más al Gobierno", argumentó.
Finalmente, indicó que entiende las dos posturas, la del Ejecutivo y la de los jubilados. "Los dos tienen razón, si vos te paras del lado de los jubilados esta ley es útil no es la panacea, pero es útil es mejor que lo que tenemos, pero desde el punto de vista del Gobierno hay que pagarla también. No es que uno sea el malo y el otro sea el bueno, lo que sí evidentemente al medio están metidos los jubilados en una pelea", concluyó.
Entrevista completa a Fernando Viera:
El Gobierno nacional también advierte en el considerando del decreto que la iniciativa complicaría la recuperación del sistema previsional al proyectar que generaría futuros incumplimientos y deudas con los beneficiarios al no especificarse la fuente del financiamiento.
Para ejemplificar sus argumentos, el Ejecutivo mencionó que el impacto estimado de la medida asciende a 6.160.000.000.000 para el año 2024, es decir seis billones ciento sesenta mil millones de pesos, y unos 15.430.000.000.000 para el año próximo. Estos números “equivalen al 1,02% del Producto Bruto Interno (PBI) calculado para el año en curso; y de 1,64% de aquel, estimado para el año entrante”.
Con respecto al gasto previsional que implicaría para la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), calculan que dichos importes representan un incremento del 18,5% para el año 2024 y de 29,2% para el año 2025. Además, indicaron que si las erogaciones citadas se relacionaran con el gasto primario de la Administración Nacional, previsto en el presupuesto vigente, la medida “conllevaría un aumento de aproximadamente el 8% del referido presupuesto en términos anuales”.
Tras el veto, el Congreso puede insistir con la nueva fórmula, por lo que la oposición deberá someterla nuevamente a votación y contar con el apoyo de los dos tercios de los miembros presentes en ambas Cámaras. Primero será tratado en Diputados, cámara de origen y, luego, en el Senado.
Por esto mismo, desde la aprobación en el Congreso, el Gobierno se focalizó en fortalecer los lazos con los legisladores aliados del oficialismo: el PRO y el Movimiento de Integración y Desarrollo (MID). De esta manera, se reunió el viernes con los principales dirigentes para explicar por qué la medida no sería promulgada.
En este contexto, el PRO se comprometió a apoyar la decisión del Ejecutivo, pese a que sus legisladores habían votado a favor de la actualización de las jubilaciones.
El bono extraordinario para jubilados
Mientras tanto, el Ejecutivo oficializó un nuevo bono extraordinario previsional de 70 mi pesos para los titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES; aquellos beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más; y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo del organismo de la seguridad social.
Este monto se fijó en el decreto 783/2024, también publicado esta madrugada. La normativa establece además que “para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono extraordinario”.
“En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del Bono Extraordinario Previsional que se otorga”, dispone el decreto.
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