Retiros voluntarios en el Estado: quiénes acceden
Se aplicará en la Administración Pública Nacional en el marco del denominado "Plan de Modernización del Estado".
El Gobierno oficializó este martes, a través de su publicación en el Boletín Oficial, la norma que establece un plan de retiros voluntarios que se aplicará en la Administración Pública Nacional en el marco del denominado "Plan de Modernización del Estado".
Con las firmas del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y de los ministros de Modernización y de Hacienda, Andrés Ibarra y Nicolás Dujovne, el decreto 263/2018 detalla los alcances del plan de retiros, que tiene tres categorías prestablecidas.
La primera de las categorías incluye a quienes tengan "65 o más años de edad" y que no cuenten "con los años de servicio necesarios para obtener la jubilación ordinaria en los términos de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias".
Estos empleados accederán al pago de 24 cuotas no remunerativas mensuales, iguales y consecutivas. "Cada cuota será equivalente al monto de una remuneración neta mensual, normal, habitual y permanente conforme la percibida por cada agente a la fecha de su baja", establece el artículo 6° del decreto.
En la segunda categoría se encuadra a quienes tengan "entre 60 y 65 años de edad", quienes accederán a "una suma no remunerativa de hasta 36 cuotas mensuales, iguales, y consecutivas".
En la tercera, se establece como condición "tener hasta 60 años de edad y acreditar una prestación de servicios de dos o más años en entidades y jurisdicciones comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156". Estos agentes estatales podrán cobrar "una suma no remunerativa al finalizar su relación de empleo conforme la antigüedad que registren", a la que se sumará "cierta cantidad de cuotas conforme dicha antigüedad, las que se abonarán de manera mensual y consecutiva".
Alcance
La normativa se publicó hoy en el Boletín Oficial, pero trascendió la semana pasada. Según un resumen de la norma que circuló antes de la publicación y al que accedió Télam, están bajo el alcance del decreto las empresas del Estado, las sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital, o en la formación de las decisiones societarias.
El decreto enumera once excepciones. El plan de retiros no rige para personal de las Fuerzas Armadas; fuerzas de seguridad y policiales; de la AFI; empleados de cargo docente, profesionales de la salud, del Servicio Exterior de la Nación o personal científico técnico; los procesados por delito en perjuicio de la Administración Pública Nacional; los sometidos a sumario administrativo; quienes tuvieran pendiente de ejecución alguna medida disciplinaria que pueda constituir una causal de cesantía o exoneración; los que hayan iniciado reclamo administrativo o acciones judiciales contra la Administración Publica Nacional; aquellos que hayan acordado la jubilación o iniciado el trámite; los que hayan renunciado y tengan pendiente la aceptación de la dimisión, y los que estén en situación de disponibilidad.
La aplicación del decreto estará a cargo del Ministerio de Modernización, mientras que los aspectos presupuestarios de la norma los atenderá la cartera de Hacienda.