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Presencia de “naranjitas”, tema que se discute en numerosas ciudades
Hace siete días se desarrolló un operativo en la ciudad bajo el amparo de una ordenanza de hace 28 años que presenta una lectura ambigua sobre restringir la actividad de cuidar coches en lugares públicos.
Desató el debate público el desarrollo de un operativo conjunto entre la policía, agentes municipales y la Guardia de Prevención Urbana el pasado fin de semana con el objetivo de notificar a quienes estaban llevando a cabo la tarea de cuidar coches en algunos sectores de la ciudad que esta actividad está prohibida en la ciudad.
El operativo se desplegó con un importante número de efectivos y móviles policiales que se apostaron en puntos estratégicos del centro. "Estas acciones buscan preservar el orden público, garantizar la seguridad ciudadana y proteger el uso adecuado del espacio público", explicaron desde la Departamental San Justo de la Policía de Córdoba.
En verdad, la tarea de los llamados “naranjitas” no se ha generalizado en San Francisco. Sin embargo, en ocasión de algunos eventos de concurrencia masiva, su presencia es notoria. Vale citar como ejemplo el caso de los bailes que se realizan en la Sociedad Bomberos Voluntarios. Si bien no se han producido situaciones de violencia como en otras poblaciones, la actividad es siempre motivo de discusión entre los vecinos.
El debate oscila entre la queja razonable de quienes de los propietarios de automóviles por tener que abonar “tarifas” en sitios donde el estacionamiento es libre y la comprensión de una realidad socioeconómica que obliga a algunas personas a instalarse en las calles durante las noches en las que se llevan a cabo eventos sociales o deportivos para hacerse de algún dinero que les permita aliviar su situación. Existen además posturas generalizadoras y extremas que asocian esta actividad con abusos propios de la delincuencia, lo cual lejos está de ser realidad. Este tipo de polémicas se da en la mayoría de los conglomerados urbanos del país. Y se transforma en un desafío para las autoridades de los distintos municipios. En los últimos años, con matices, la tendencia es a la eliminación lisa y llana de la actividad.
Por caso, en la ciudad entrerriana de Concordia la prohibición rige desde diciembre de 2022. La ordenanza de esa población que no se permitirá “la actividad en la vía pública de servicios de estacionamiento y/o cuidado de vehículos y/o cuida coches, servicios de limpieza o lavado de vidrios y/o de vehículos denominados trapitos, y toda otra actividad de similares características”. En la localidad pampeana de General Acha, el Ejecutivo municipal se enfrentó con el Concejo Deliberante por el tema. Finalmente, el órgano legislativo rechazó el veto del intendente y ratificó la prohibición de los “trapitos”.
El año pasado, en la vecina provincia de Santa Fe, varias poblaciones aprobaron ordenanzas en el mismo sentido. La capital de la provincia, entre ellas. Pero también ciudades cercanas a Rosario como Villa Constitución y San Lorenzo. En nuestra provincia, Villa María sancionó una normativa similar en mayo de 2024. El intendente Eduardo Accastello justificó la medida restrictiva al señalar que la actividad de los “trapitos” generaba “una situación de descontrol e informalidad”. Mientras tanto, el pasado agosto, la Legislatura de Córdoba rechazó un proyecto presentado por el legislador opositor Gregorio Hernández Maqueda para prohibir a los "naranjitas". La iniciativa tenía el respaldo de una parte de la Unión Cívica Radical, el PRO, La Libertad Avanza y el Frente Cívico, pero la mayoría oficialista se impuso justificando su actitud en que se trata de una temática de jurisdicción municipal y referente a los códigos de convivencia.
En todos los casos, los argumentos sobre la inseguridad, la violencia y la necesaria protección de los derechos de los automovilistas se suman a los que se interrogan sobre medidas alternativas para brindar alguna protección a las personas vulnerables que se ven obligadas a cumplir con esta actividad debido a su condición social vulnerable. Mientras tanto, las prohibiciones avanzan, aunque su cumplimiento efectivo estaría bastante lejano aún.
Una ordenanza ambigua
Volviendo a San Francisco, desde el municipio y la policía se subrayó la importancia de prevenir que se repita en la ciudad un fenómeno similar al que persiste en Córdoba Capital, donde los "naranjitas" constituyen una problemática que genera desconfianza entre los automovilistas y la comunidad. Si bien se admitió que la solución al problema no es sencilla, “tanto las autoridades locales como la policía buscan ofrecer un marco de seguridad adecuado para los conductores”.
En ese contexto, la información oficial señala que el operativo realizado se basa en la necesidad de hacer cumplir la ordenanza municipal N° 4389 que prohíbe la actividad de los cuidadores de vehículos. La norma fue aprobada en marzo de 1997 –hace casi 28 años- y su texto no refiere taxativamente a la labor de los “naranjitas”, aunque quizás se fuerce una interpretación en ese sentido. El artículo 1° de la ordenanza señala que se prohíbe “en todo el radio municipal de la ciudad de San Francisco la detención del tráfico de vehículos hecha con el propósito de ofrecer la venta de rifas, bonos u otras formas de colaboración económica”. Daba respuesta a un fenómeno que se había extendido en los ingresos a la ciudad, donde algunas personas requerían colaboraciones supuestamente en nombre de determinadas instituciones. Tanto es así que el articulo siguiente expresa que “que las personas que realizan la tarea de ofrecer la venta de rifas, bonos u otras formas de colaboración económica al público en general, no podrán utilizar durante ese desempeño, vestimentas similares a las de las fuerzas de seguridad, ni símbolos que los puedan identificar con instituciones a las que no pertenecen, ni otros ardides capaces de producir confusión o engaño”. Además, el texto indica que las personas que buscan una colaboración económica provocan la “detención del tráfico”. En el caso de los “trapitos”, los vehículos ya se han detenido.
En síntesis, salvo que haya sido rectificada, el texto de la ordenanza N° 4389 esgrimida como la norma que dispone la prohibición de los “naranjitas” es, al menos, ambiguo.