Ataque de perros
Monserrat: “No se ejerce una guarda responsable”
La abogada animalista Gretel Monserrat consideró que es fundamental que “tomemos conciencia y nos informemos”
La triste noticia de la muerte de una adolescente de 15 años tras ser atacada por dos perros de la raza dogo argentino en la ciudad de Córdoba, generó conmoción en la sociedad y puso nuevamente en el tapete la necesidad de educación e información sobre la guarda responsable de perros.
La abogada animalista y presidenta de BioAnimalis de nuestra ciudad, Gretel Monserrat, analizó el tema en diálogo con LA VOZ DE SAN JUSTO. Consideró que “no se ejerce una guarda responsable” y que es fundamental que como sociedad “tomemos conciencia y nos informemos” sobre lo que es una guarda responsable de cualquier animal.
La abogada consideró que estos hechos lamentables se repiten debido a que existe “una cadena de irresponsabilidades y de culpas humanas. No hay un abordaje adecuado y serio desde las diferentes autoridades de aplicación en relación a esto y también hay mucha desinformación e ignorancia”.
Advirtió que cuando ocurre esto, “todos se lamentan y hablan de los perros violentos, asesinos, pero los perros no son ni violentos, ni asesinos. También se habla de prohibir razas, se estigmatizan razas como el dogo o pitbull. En realidad, el perro es ante todo un perro, una especie y después se analiza la raza, esta situación la puede provocar cualquier perro más allá de la raza. Entonces no sirve prohibir determinadas razas”.
Monserrat aseguró que es importante “buscar realmente los por qué, y generalmente estos por qué siempre son humanos. Tienen que ver con la mala educación que le dan al perro, la falta de control”.
“Con un perro más allá de su raza, de su tamaño, que tiene un guardador responsable que sabe cómo criarlo, cubrirle las necesidades primero como perro y después en cuanto a su raza, no tienen por qué pasar estos estos hechos lamentables. Cualquier persona puede ser mordida y los perros también son víctimas”, dijo.
La abogada sentenció: “Esto ocurre porque no se ejerce una guarda responsable, también porque las autoridades de aplicación tampoco controlan ni aplican sanciones. En San Francisco existe una ordenanza, que prevé normas sobre los mal llamados perros potencialmente peligrosos, y a nivel provincial también. La realidad es que el Juzgado de Faltas y la policía que son las autoridades de aplicación de esta norma de perros potencialmente peligrosos no concurren cuando se los llama, no hay controles”.
Al mismo tiempo recordó que “ningún perro, puede estar suelto en la vía pública sin el control de su guardador. Debe tener collar, correa y el otro extremo de la correa su guardador, no puede salir solo a dar la vueltita. Si se deja solo al perro es una guarda absolutamente irresponsable porque es un riesgo. El perro tiene derecho al paseo, pero con todas las medidas de seguridad y cuidado, bajo el control de su humano responsable porque los animales corren riesgos de accidente, de muchas cosas. Entonces dónde está el amor ese que dicen tener por los animales, por los perros en este caso”.
“Cuando uno decide tener un perro tiene que tener en cuenta muchas cosas más allá de la raza más allá de si es grande o chico, como que se trata de una vida que es una responsabilidad que nosotros asumimos por el resto de sus días. Tenemos que evaluar si contamos con el tiempo la capacidad de económica, si tenemos todas las posibilidades para poder cubrirle las necesidades a ese perro”, aconsejó.
Manifestó que es importante que nos informemos y eduquemos sobre cómo cubrir las necesidades de esa raza. “No se puede tener un perro atado ni tampoco un perro de raza fuerte como un arma, como alarma, porque son seres vivos y no son cosas. Además, hay gente que cría y vende este tipo de perros claro de razas, sí, porque muchas veces hay crías domiciliarias, que no se respetan absoluto líneas de sangre, ni de comportamiento y entonces tenemos grandes problemas”.
Imputaron al dueño de los perros
El Ministerio Público Fiscal informó que dispuso la imputación del supuesto dueño de los perros por su presunta responsabilidad en los delitos de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas. Aunque no se han revelado detalles sobre la identidad del imputado, se sabe que el mismo habría sido denunciado en varias ocasiones previas.
El trágico hecho tuvo lugar el domingo en el barrio Estación Flores y de acuerdo con los informes, los perros, aparentemente propiedad de un vecino del sector, interceptaron a la menor, identificada como Trinidad, mientras caminaba por la zona, provocándole serias heridas que le causaron la muerte en la mañana de ayer lunes.
El feroz ataque por parte de los canes dejó a la joven con graves heridas que le causaron la muerte horas después. Otro vecino que intentó ayudar también resultó lesionado en el incidente.
Desafortunadamente, a pesar de los esfuerzos del servicio de emergencias 107 y del personal médico, la joven no pudo superar las heridas sufridas y falleció en las primeras horas de ayer lunes en el Hospital de Urgencias.
Qué dice la ordenanza
En nuestra ciudad, existe la ordenanza N° 5739 que prevé normas y establece sanciones en cuanto a la tenencia de perros potencialmente peligrosos.
En su artículo 1° establece “la obligatoriedad para los dueños o cuidadores de perros potencialmente peligrosos que, para el paseo de los mismos en la vía pública, los canes deberán llevar collar, correa y bozal; y el paseador deberá ser mayor de 18 años”.
Considera perros potencialmente peligrosos a aquellos que reúnan alguna de las siguientes características: Pertenezcan a alguna de las siguientes razas : Rottweiler, Pitbull Terrier, Dogo Argentino, Fila Brasileño , American Staffordshire, Staffordshire Bull Terrier, Mastif, Bullmastif, Doberman , Dogo de Burdeos, Mastin Napolitano, Bull Terrier, Presa Canario, Schnauzer Gigante,Akita Inu, Ovejero Alemán o Belga, Cimarrón Uruguayo y aquéllas que se incorporen en el futuro. O que pertenezcan a las cruzas de las razas mencionadas.
También aquellos que hayan evidenciado, mediante denuncias, antecedentes de agresión hacia personas u otros animales.
En el artículo 3° establece que los dueños o cuidadores deberán contar: Con un espacio cercado o tapialado que no permita la salida de perros a veredas o calles o propiedades vecinas. Las puertas de acceso de dicho lugar deberán ser resistentes y seguras para evitar que los perros puedan abrirlas por sí mismos. El inmueble debe estar conveniente mente señalizado con la advertencia de que existe un perro potencialmente peligroso. En caso de que el inmueble tenga rejas, las mismas no deberán permitir que la boca del animal las atraviese .
Mantener las instalaciones de modo tal que no se generen olores o focos infecciosos por acumulación de deyecciones o desperdicios. El lugar destinado a estos perros no debe ser inferior a 3 m2 por animal.