La Justicia de San Francisco ordenó el desalojo del represor Jorge Balla
Ya no podrá cumplir en el departamento de calle Belgrano la prisión domiciliaria por delitos de Lesa Humanidad. Había arribado a principios de mayo de 2021.
La Justicia de San Francisco ordenó que Jorge Balla, represor condenado por delitos de Lesa Humanidad durante el último golpe cívico-militar, debe desalojar el departamento que ocupa desde 2021 en un complejo de calle Belgrano 2274, 2º Piso "A", en nuestra ciudad.
El inmueble había sido alquilado por Viviana Guadalupe Bourquín, esposa de Balla, a Alberto Esper, pero la mujer no le informó al propietario del departamento que en el mismo iba a residir su esposo condenado a prisión perpetua por delitos de Lesa Humanidad que en 2017 por cuestiones de salud fue beneficiado con la prisión domiciliaria evitando de este modo ir a la cárcel. Primero cumplió la pena en su vivienda de la ciudad de Santa Fe, pero debido a la mala relación que mantenía con los vecinos, en mayo del año pasado se mudó a San Francisco.
Su llegada provocó el repudio de organizaciones de Derechos Humanos, vecinos y concejales. Aquí fue declarado persona no grata.
Ahora, el juez de 1º Instancia en lo Civil y Comercial, Tomás Pedro Chialvo, hizo lugar a la presentación efectuada por el abogado Néstor Gómez en representación de Esper y ordenó que Balla dejara el inmueble, perdiendo así el juicio por desalojo que le inició el propietario del inmueble al considerarse engañado porque "en ningún momento se le informó que se trataba de un represor que cumplía condena" por su participación activa en el terrorismo de Estado.
"La sentencia de primera instancia establece que la locataria a partir del momento de ser notificada dispone de 5 días para utilizar la vía recursiva, en caso de no hacerlo dispone de 10 días", explicó Gómez.
"No era fácil la resolución de esta causa. Se cumplía una orden de la Cámara Federal de Santa Fe que había aceptado ese domicilio para la prisión domiciliaria. Hay que valorar que la Justicia hizo lugar a la medida, pese a todo lo que trae aparejado desalojar una persona que está cumpliendo prisión domiciliaria", agregó el abogado.
Jorge Balla fue sentenciado a prisión perpetua por cometer delitos de Lesa Humanidad durante la última dictadura cívico-militar que tuvo lugar en nuestro país. La condena tuvo lugar a partir de un siniestro hecho ocurrido el 19 de enero de 1977 en Santa Fe, conocido como la masacre de Ituzaingó y Las Heras, en la que el ex sargento Balla formó parte junto a un grupo de militares y policías.
Un tribunal Oral de la Provincia de Santa Fe lo encontró culpable como coautor del homicidio doblemente calificado en perjuicio de Osvaldo Pascual Ziccardi, Ileana Gómez, Carlos Frigerio y Jorge Luis Piotti.
Cabe destacar que Balla recibió el beneficio de la prisión domiciliaria basado en informes médicos que, según el criterio de abogados de Derechos Humanos, no acreditan los requisitos exigidos en todo el país para condenados por delitos de Lesa Humanidad. Además, a esta clara irregularidad se le sumaba la existencia de denuncias sobre el reiterado incumplimiento del represor al régimen de prisión domiciliaria, situación que ya había sido advertida en varias ocasiones por diversas organizaciones, por organismos de Derechos Humanos e incluso por las Cámaras de Diputados y Senadores de Santa Fe.