Justicia Federal imputó al médico Daniel Elkin
El médico traumatólogo sanfrancisqueño diagnosticado de coronavirus habría prestado servicios en Freyre y Morteros los días 26 y 27 de marzo. Será indagado por el juez federal Pablo Montesi por ocho hechos.
El juez federal Pablo Montesi imputó esta mañana al médico Daniel Elkin como presunto autor de violar el Decreto Presidencial 297/20 de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y Desobediencia a la Autoridad. De acuerdo a testimonios de testigos, el traumatólogo diagnosticado de coronavirus habría prestado servicios en Freyre y Morteros los días 26 y 27 de marzo violando la cuarentena que debía cumplir tras su regreso al país desde Chile.
Según información que accedió LA VOZ DE SAN JUSTO, el profesional será indagado esta semana por la Justicia Federal por ocho hechos.
Elkin también está siendo investigado por el fiscal Oscar Gieco y esta semana también habría novedades en la justicia provincial.
Cabe recordar que Elkin fue diagnosticado de coronavirus a principios de mes, convirtiéndose así en el segundo positivo de nuestra ciudad. A pesar de que el traumatólogo asegurara que había cumplido con la cuarentena y seguido todos los pasos correspondientes, la Justicia comenzó a investigarlo a raíz de una denuncia telefónica de una mujer que aseguraba que el profesional de la salud había atendido a su madre durante el período que debía estar en aislamiento.
Gieco primero determinó que Elkin regresó al país el 14 de marzo, por lo que estaba obligado a realizar una cuarentena hasta el 28 inclusive. Pero en base a testimonios de pacientes, colegas y trabajadores de las clínicas donde se desempeña, estableció que el traumatólogo atendió en Freyre y Morteros los días 26 y 27 de marzo, es decir que violó la cuarentena.
El actual Código Penal dispone una pena para este tipo de casos: contempla entre 3 y 15 años de cárcel para las personas que propaguen "una enfermedad peligrosa y contagiosa", en el artículo 202. Hasta el momento, no se conocieron casos positivos de personas que estuvieron en contacto con Elkin, a pesar de que se realizaron más de 40 hisopados en nuestra ciudad, Brinkmann y Morteros.
El artículo 203 hace referencia a multas de entre 5 mil a 100 mil pesos cuando la propagación fuera cometida "por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo".
Y el 205 destaca: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".