Política
Divorcio exprés de Milei: “Ignora derechos que pueden ser vulnerados”
La aparente simplificación del trámite civil deja cuestiones importantes sin contemplar, advierten los abogados.
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, llevó al Congreso la llamada Ley Hojarasca, que incluye modificaciones a la ley de divorcio. La propuesta, impulsada por el presidente Javier Milei, busca permitir la disolución del vínculo matrimonial mediante un acto administrativo en el Registro Civil, siempre que ambas partes estén de acuerdo. Este cambio, argumentan sus defensores, podría generar un ahorro significativo de tiempo y costos, eliminando la necesidad de asesoramiento legal.
Actualmente, “el proceso de divorcio en Argentina es expeditivo y unilateral. Desde 2015, no se requiere la aceptación ni la justificación por parte de la otra persona, por lo que esta iniciativa no introduce nada nuevo y podría vulnerar derechos constitucionales”, señaló a LA VOZ DE SAN JUSTO Alberto Arrieta, presidente del Colegio de Abogados de San Francisco.
El Código Civil vigente establece que las causas para disolver un matrimonio son: a) muerte de uno de los cónyuges, b) sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento, y c) divorcio declarado judicialmente. La nueva ley agregaría el "divorcio en sede administrativa", equiparándolo a los efectos del divorcio judicial.
Este divorcio administrativo se llevaría a cabo únicamente a petición conjunta de ambos cónyuges, ante el oficial del Registro del Estado Civil correspondiente al último domicilio conyugal. Sin embargo, “el proyecto presenta falencias legales al no reconocer la naturaleza judicial del divorcio”, sostuvo Arrieta.
“El proyecto presenta falencias legales al no reconocer la naturaleza judicial del divorcio”
“El divorcio no es un trámite administrativo; ha sido regulado como un procedimiento judicial desde tiempos de los romanos. Pretender convertirlo en un trámite administrativo ignora derechos que pueden ser vulnerados”, expresó.
Las preocupaciones se centran en la falta de información que recibirían las partes involucradas. Por ejemplo, “¿quién informaría a la mujer sobre su derecho a una compensación económica o sobre la cuota alimentaria? Estos son derechos que requieren homologación judicial; sin esa validación, no pueden exigirse ni cumplirse”, indicó el abogado.
El enfoque del proyecto se limita a la disolución del vínculo matrimonial, sin considerar las consecuencias que esta disolución conlleva. Arrieta informó que “en la mayoría de los casos, las parejas que se divorcian tienen hijos o bienes en común, lo que requiere acuerdos sobre la repartición de responsabilidades y capital adquirido. El 99% de las parejas que llegan a un divorcio necesitan acordar un régimen parental para sus hijos y repartir bienes, y si estos acuerdos no se homologan ante un juez, la parte más vulnerable puede verse perjudicada”.
“El enfoque del proyecto se limita a la disolución del vínculo matrimonial, sin considerar las consecuencias que esta disolución conlleva”
Conforme avanza el proceso, “las partes podrían terminar requiriendo un procedimiento judicial para regular los efectos del divorcio, lo que contradice el objetivo inicial de simplificar el proceso. Es fundamental que los acuerdos post-divorcio sean homologados por un juez para proporcionar respaldo legal en caso de incumplimiento. Sin esta homologación, los acuerdos verbales carecerían de autoridad legal”.
“Preocupa que desde el Gobierno se desconozca la importancia de los procesos judiciales y se presente este proyecto como una forma de abaratar costos”
“La propuesta del Gobierno confunde a la ciudadanía, haciéndoles creer que el divorcio se resolverá simplemente en el Registro Civil. La realidad es que el proceso judicial será inevitable y tampoco se abaratarán los costos”, agregó Arrieta.
“Desde el Colegio de Abogados, expresamos preocupación por la falta de reconocimiento de la importancia de los procesos judiciales en este ámbito. Se está preparando un comunicado para rechazar formalmente el proyecto y se considera presentar una acción judicial para cuestionar su constitucionalidad, argumentando que esta medida no solo no resuelve problemas existentes, sino que también genera más confusión en la sociedad”, concluyó.