El ojo por ojo nos dejará ciegos

Los problemas de seguridad no se solucionan con su aplicación. Y las falencias de la Justicia argentina no se solucionan apelando a recursos tan extremos. La venganza no puede ser parte de la convivencia en una comunidad.
El Estado de Texas, Estados Unidos, ejecutó al primer prisionero en este 2023. Se trató de Robert Fratta, un hombre condenado a la máxima pena por el asesinato de su esposa en 1994. En 1996, cuando fue encontrado culpable y condenado a la pena de muerte, pero en el 2009 se hizo otro juicio que dio el mismo resultado en cuanto a la condena. Así que, hasta antes de ser ejecutado el 10 de enero en la unidad carcelaria de Huntsville, pasó unos 26 años en el corredor de la muerte.
Fratta es el reo número 579 en ser ejecutado en el estado de Texas desde 1982, luego de que en 1977 se reinstalara la pena de muerte y se adoptara el método de inyección letal. Es el estado considerado como el número uno en aplicar la pena de muerte. A pesar de las protestas ante este método de justicia de parte de grupos religiosos y defensores de los derechos humanos, cuando se trata de aplicar la ley, Texas tiene mano dura.
Cada tanto, ante episodios criminales que tienen masiva repercusión por sus características, se escuchan voces en nuestro país que reclaman la instauración de medidas extremas como las que se aplican en varias regiones de los Estados Unidos y en numerosos otros países del mundo. Por fortuna, la Constitución Nacional sancionada en 1994 incorporó tratados internacionales que impiden cualquier intento de legislar en ese sentido.
Los argumentos en contra son contundentes. Y exceden la mera posibilidad de que se cometa un error judicial, algo que -de hecho- ha ocurrido en numerosos casos. Cercenar la vida de una persona, incluso la del más vil criminal, no mejora a la sociedad, permite a regímenes dictatoriales suprimir a sus disidentes o perseguir a minorías religiosas y culturales. Además, no hay evidencias sólidas que indiquen que la pena de muerte haga disminuir la tasa de delincuencia. En varios países en donde se aplica la pena capital, los índices de asesinatos son más elevados que en aquellos que no adhieren al método. En el mismísimo Estado de Texas, en el sur de los Estados Unidos, región donde ocurren la mayoría de las ejecuciones del país, se mantiene la tasa más alta de homicidios.
El marco legal argentino no contempla ninguna posibilidad de instaurar la pena capital. Y está bien que así sea. Porque no se trata solo de normas legales. Porque, antes que el derecho, existen principios centrales que ninguna sociedad puede ignorar, más allá de las distintas culturas. La vida es el principal valor. Debe defenderse en todos los casos, incluso si se trata de sujetos que hayan cometido crímenes espeluznantes.
En su Encíclica "Fratelli tutti" (Hermanos todos), el Papa Francisco recordó que su antecesor Juan Pablo II "declaró de manera clara y firme que la pena de muerte es inadecuada en el ámbito moral y ya no es necesaria en el ámbito penal. No es posible pensar en una marcha atrás con respecto a esta postura. Hoy decimos con claridad que la pena de muerte es inadmisible y la Iglesia se compromete con determinación para proponer que sea abolida en todo el mundo".
La humanidad ha conseguido avances notables en este aspecto. Pero quedan regiones en las que la pena de muerte está vigente y se aplica descarnadamente. Los problemas de seguridad no se solucionan con su aplicación. Y las falencias de la Justicia argentina no se solucionan apelando a recursos tan extremos. La venganza no puede ser parte de la convivencia en una comunidad. Ya lo decía Mahatma Gandhi: con la lógica del "ojo por ojo" el mundo acabará ciego.