Trucco sobre el caso Garay: “La denuncia no tiene fundamentos; no hay causal de destitución”
El abogado salió a apoyar el accionar de la jueza de nuestra ciudad envuelta en la polémica por ordenar la prisión domiciliaria de un abusador y para la cual una legisladora pidió jury de enjuiciamiento. "La política manda y determina a la justicia", aseguró el especialista en derecho penal.
"Es fácil quedar bien con resoluciones que tienen aplauso garantizado; a veces difícil es dictar resoluciones justas, legítimas y correctas. Es fácil resolver en el sentido que la mayoría quiere escuchar, en definitiva, es fácil hacer lo que no me va a traer problemas; difícil es para un juez decidir en contra de la corriente aun cuando su dictamen sea justo. Y eso es lo que pasó en este caso: todos están con contra de las prisiones domiciliarias (que no es una liberación, aunque muchas veces se confunde), y poco importa si el preso debía o no acceder a esa modalidad de detención.
En este caso, la situación es clara, ya que de las explicaciones que brindó la jueza surgen las razones por las cuales tomó la decisión que trascendió en los medios: para evitar un riesgo de contagio (que de concretarse podría ser masivo) en el ámbito del establecimiento penitenciario, dispuso transitoriamente la detención domiciliaria de un interno que, a su vez, por ser paciente con tratamiento en el Hospital, por las patologías que presenta su salud (cardíacas), debía salir e ingresar reiteradamente a dicho establecimiento". Con estas primeras declaraciones, el abogado penalista de nuestra ciudad, Felipe Trucco, se refirió en entrevista con LA VOZ DE SAN JUSTO al accionar de la jueza de Ejecución Penal María Teresa Garay que en los últimos días quedó en el centro de la polémica luego de que ordenara la prisión domiciliaria de un preso condenado por abuso sexual.
La magistrada de San Franciscoademás recibió el apoyo de laAsociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia de Córdoba.
Trucco asimismo opinó sobre los fuertes cuestionamientos en cuanto a no haber notificado de la medida a la víctima: sobre ello, "Garay dijo que intentó comunicarse telefónicamente con la víctima y sus familiares en varias oportunidades. Sin embargo, no los pudo contactar ya que su teléfono figuraba como un 'abonado fuera de servicio'".
"Por otra parte, desde el juzgado intentaron comunicarse con la víctima (es decir, no lo omitieron), pero ello no fue materialmente posible", siguió el abogado.
En el marco de la trascendencia pública que alcanzó este caso, "como hombre relacionado con el derecho, señalo dos cosas: una, lo extremadamente injusto que resultaron las críticas que recibió la jueza; y, la otra, es que no debe quedar en la sombra la calidad profesional, los antecedentes académicos (basta decir que es doctora en Derecho, con muchos años como docente en la cátedra de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba) y en la justicia (más de 10 años como juez de Ejecución Penal; hasta hace poco tiempo también se desempeñaba al mismo tiempo como juez de Control por más de dos años, mientras éste estuvo vacante en nuestra ciudad, como también además de eso integraba la Cámara del Crimen en distintos juicios)", expresó Trucco en claro respaldo a Garay.
Y ponderó su rol de funcionaria judicial: "El abogado, cuando acepta la defensa de un caso, tiene el camino trazado, sabe cuál el es interés de la parte que defiende; en cambio, el juez debe ser imparcial y al decidir, debe ponderar todos los valores en pugna, como lo hizo en este caso la doctora Garay. Todos los abogados que transitamos los tribunales penales de nuestra ciudad respetamos su trabajo, es que sabemos de su disposición por la defensa de lo que es justo".
Sobre la función del juez de Control, el abogado explicó que "tiene a su cargo, siempre que no se trate de menores, controlar el cumplimiento de las sentencias de condenas penales, las imposiciones fijadas en caso de libertad condicional, suspensión de juicio a prueba, etc., controlar que se respeten las garantías constitucionales en el trato de los condenados, como también resguardar los derechos de las víctimas en la etapa de ejecución de las sentencias".
La situación sanitaria en las cárceles
"La población carcelaria constituye un grupo social que enfrenta riesgos, por las actuales condiciones del sistema carcelario, que cuenta con limitadísimos recursos, y por el número de personas que se encuentran encerradas en el establecimiento. Esto hace imposible desde lo sanitario guardar las medidas de higiene y distancia que hoy se imponen como consecuencia de la pandemia. Hay buena voluntad, pero faltan recursos", sostuvo Trucco.
Un "injusto" pedido de jury
La semana pasada, la legisladora Carolina Basualdo (Hacemos por Córdoba) presentó formalmente un pedido de juicio político contra la jueza Garay. La titular de la Comisión de Equidad y Lucha contra la violencia de Género remarcó que la jueza "incumplió la ley", porque la víctima no estaba informada sobre el beneficio de la prisión domiciliaria de su abusador.
"Creo que se formuló una infundada denuncia ante el Jurado de Enjuiciamientos por la mera difusión (parcial, inexacta e incompleta) de una decisión judicial, sin conocer realmente si el interno debía o no acceder a la detención domiciliaria. Ahora todos podemos tener claro que la jueza obró adecuadamente, teniendo en cuenta el valor salud pública, entre otros valores en juego, además de los derechos del encarcelado, y sin haber ocasionado ningún perjuicio concreto ni siquiera riesgo cierto a la víctima que, como ya dijeron, vive a más de 200 kilómetros de esta ciudad, en época de cuarentena, con la inmovilización que ello implica", se explayó Trucco al respecto.
Recordemos que Antonio Puntonet (61) abusó de su hija cuando esta tenía 14 años (ahora tiene 23) y fue condenado en febrero de 2019; por lo que solo estuvo un poco más de un año en la cárcel de San Francisco y ahora cumple arresto domiciliario en la casa de su pareja.
El interno tenía salidas transitorias al Hospital "J. B. Iturraspe" para realizarse un tratamiento médico. Esto podía "aumentar el contagio de coronavirus para los alojados en el mismo pabellón y personal penitenciario de contacto", consideró Garay.
"Me pregunto, ¿qué se hubiese dicho del obrare de la magistrada en el caso que hubiese denegado la detención domiciliaria y si, como consecuencia de las reiteradas idas y venidas del preso del hospital a la penitenciaría, se hubiese materializado un caso infecto contagioso, por ingreso del coronavirus en la cárcel y, como consecuencia de ello, eventualmente afectado a otros numerosos internos, guardiascárceles, personal médico, etc., de nuestra ciudad? Seguramente, es esa hipótesis la estarían cuestionando gravemente por no haber evitado las idas y venidas del preso".
Entonces, "la denuncia no debería tener viabilidad, no tiene fundamentos y tampoco encuadra en ninguna causal de destitución: la resolución es adecuada; no hay mal desempeño (esto es cuando el obrar inadecuado es sostenido y reiterado); no hay desconocimiento del derecho (no se desconoce la participación de la víctima, si no se pudo materializar su comunicación), ni tampoco ningún hecho que pueda motivar un jury. Por el contrario, como abogado puedo decir, para tranquilidad de San Francisco, contamos con una jueza seria que, con humildad, cumple muy responsablemente con su trabajo. Esto es bien conocido por todos en Tribunales. Entonces, la denuncia es injusta y la posibilidad de su destitución es igual a cero. Pero si en el proceso sucediera otra cosa distinta, eso significará que la política manda y determina a la justicia y, en ese caso, todos los jueces estarían siempre con un pie afuera de su cargo", finalizó.