Alimentación adecuada: nuestro derecho
Se trata de garantizar el derecho de todo individuo a poder alimentarse por sí mismo, y que cada hogar pueda contar con medios para producir u obtener sus alimentos.
El pasado 10 de diciembre se celebró el Día de los Derechos Humanos. ¿Sabías que como seres humanos tenemos derecho a tener una alimentación adecuada y segura?.
El derecho a la alimentación fue reconocido en 1948, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art 25) como parte del derecho a un nivel de vida adecuado, y consagrado en 1966 en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art.11).
Un derecho reconocido por la legislación internacional, que protege el derecho de todos los seres humanos a alimentarse con dignidad, ya sea produciendo su alimento o adquiriéndolo. Para que esto suceda, es clave que todos los alimentos estén disponibles a través de fuentes naturales, ya sea mediante producción propia (huertas, crianza de animales) o por otros medios que permitan obtener alimentos, como son la caza, pesca, recolección de frutos y hortalizas.
Además, es necesario que estén disponibles en el mercado para poder adquirirlos en compra-venta. En todos estos casos, ¡el acceso a los alimentos debe ser para todos!. Desde los niños a los adultos mayores. Y de la misma manera deben satisfacer las necesidades básicas de cada grupo etarios, según sus condiciones de vida, su salud, ocupación, sexo, entre otras.
Todos los derechos humanos se encuentran interconectados, y que el derecho a la alimentación no puede lograrse sin el derecho a vivienda, educación y salud adecuados para todos. El derecho a la alimentación no es derecho de una mínima ración de calorías, proteínas, hidratos de carbono, grasas, vitaminas y minerales.
Se trata de garantizar el derecho de todo individuo a poder alimentarse por sí mismo, y que cada hogar pueda contar con medios para producir u obtener sus alimentos. Para que una alimentación sea adecuada, debe cumplir con las 4 Leyes de la Alimentación.
Primera: "La cantidad de alimentos debe ser 'suficiente' para cubrir las exigencias calóricas del organismo y mantener un equilibrio de su balance". "Suficiente", para cubrir los requerimientos energéticos y balancear los ingresos y egresos de energía.
Segunda: "El régimen alimentario debe ser 'completo' en su composición, para ofrecer al organismo, todas las sustancias que lo integran". Debe aportar todos los principios nutritivos (proteínas, hidratos de carbono, grasa, minerales y vitaminas)
Tercera: "Las cantidades de los diversos principios nutritivos que integran la alimentación deben guardar una relación proporcional entre si". Debe ser "Armónica" entre los nutrientes.
Cuarta: "La finalidad de la alimentación está supeditada a su 'adecuación' al organismo". Debe adaptarse a las necesidades particulares de cada individuo, en función a las necesidades energéticas básicas, gustos, situación económica, hábitos y rutinas, costumbres sociales.
Por lo tanto, las 4 leyes son complementarias, por lo que hay una única ley de la alimentación "La alimentación normal es aquella que cumple con las 4 leyes, es decir, es suficiente, completo, armónico y adecuado".
Todos nacemos con Derecho a la alimentación. El acto de comer es innato. Mi deseo es que cada uno de nosotros siempre pueda ejercer su derecho alimentario, vivenciado desde el placer. Por un mundo donde seamos socialmente iguales, humanamente diferentes y totalmente libres (Rosa Luxemburgo).