Al no poder despedir, empresarios apelan al acuerdo voluntario de partes
En plena pandemia, buscan disolver el vínculo laboral. Igualmente, desde el Departamento de Trabajo confirmaron que "bajó la conflictividad laboral" por el temor de muchas personas a perder su trabajo.
La vigencia de los decretos que establecen la prohibición de suspensiones o despidos sin causa, que rige hasta el 30 de noviembre inclusive, lleva en algunos casos a los empresarios a tener que concretar acuerdos con sus trabajadores en caso de requerir de un achicamiento en la planta de personal.
En este caso, y ante la inexorable necesidad de tener que acudir a una reducción de personal, el acuerdo entre las partes asoma como la única vía posible hasta que cese la vigencia del decreto en cuestión.
Cabe señalar que este decreto, que se publicó el pasado 24 de septiembre en el Boletín Oficial, es el cuarto que utiliza la administración del presidente Alberto Fernández para prohibir los despidos desde el inicio de la pandemia.
La medida busca mantener los puestos de trabajo en medio de la crisis económica que se agravó por el impacto del coronavirus. No obstante, pese a la prohibición de despidos sin justa causa, según las cifras de la Encuesta de Indicadores Laborales (EIL) del Ministerio de Trabajo, entre marzo y julio se produjeron en el país 309 mil desvinculaciones y de ese total 161.451 fueron por decisión de la empresa, mientras que se registraron 568 mil suspensiones.
Pocas empresas con pedido de auxilio en Trabajo
En San Francisco, el Departamento de Trabajo de la provincia de Córdoba informó que en los últimos tiempos "se está recurriendo a acuerdos entre las partes" para poder formalizar la extinción de la relación laboral.
El titular de esta repartición, Guillermo Peretti, confirmó a LA VOZ DE SAN JUSTO que "bajó la conflictividad laboral a la mitad" como consecuencia de este tipo de procedimientos al tiempo que reconoció que la extinción de la relación laboral "se dieron mediante acuerdos" entre las partes.
Además, durante el tiempo de pandemia explicó que "sólo tuvimos 2 o 3" presentaciones solicitando el procedimiento preventivo de crisis en empresas radicadas en San Francisco o en la región.
Si bien reconoció la prohibición de despidos como consecuencia de la vigencia del citado decreto, Peretti dijo que "la excepción existente se da a través de la vigencia del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo que establece que la extinción de la relación laboral se puede hacer de común acuerdo" y permite el pago de salarios no remunerativos cuando obran situaciones de causa mayor.
En ese caso, la citada normativa se puede aplicar "por suspensiones de la prestación laboral y que se funden en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada.
Cuando en virtud de tales causales el trabajador no realice la prestación laboral a su cargo".
Durante el período de suspensión "se otorgará una prestación no remunerativa que sólo tributará las contribuciones establecidas en las leyes 23.660 y 23.661 (obras sociales y Anssal), por lo tanto no devengará aportes a cargo del trabajador".
Según el Indec, la desocupación subió al 13,1% en el segundo trimestre del año en medio de la pandemia, aun cuando por entonces ya estaba vigente la prohibición de despidos.
"El acuerdo siempre es fruto de la negociación de las partes", explicó Peretti respecto a la conformidad para extinguir la relación laboral". Y dijo que cuando se dan estas situaciones, desde la repartición a su cargo "si viene patrocinado lo recibimos, ratificamos y si reúne los requisitos para que sea homologado, lo hacemos".
Distinto es cuando "un trabajador formula una denuncia ante alguna posible irregularidad" en su relación laboral. Allí, "hacemos una conciliación, citando a la empresa. Se puede llegar a un acuerdo o no. En ese caso al trabajador le queda la vía judicial porque nuestra intervención es administrativa", aclaró.
Menos reclamos
Peretti confirmó que entre marzo y septiembre "hubo menos reclamos" ante el Departamento de Trabajo y justificó esta actitud sosteniendo que "la gente tiene miedo de perder el trabajo".
La repartición continúa ejerciendo su tarea, aunque de manera virtual a través de plataformas digitales. "Seguimos tomando denuncias, al igual que antes, aunque la audiencia se hace de manera virtual por plataformas digitales como Zoom, Google Meet o Whatsapp".
Haciendo uso de estas herramientas remarcó que "tomamos los acuerdos (entre partes) que en su gran mayoría tienen que ver con concretar la extinción laboral o reducir la jornada de trabajo y los ratificamos pero de manera virtual, no se lleva a cabo nada de forma presencial", concluyó Peretti.